Convocatoria subvenciones autónomos, pequeñas y medianas empresas afectadas por las restricciones Covid-19 en Aragón

Boletín Oficial de Aragón.

El objeto de esta orden es aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones por el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva a las empresas que sean autónomos o pymes que pertenezcan a los siguientes sectores: bares, ocio nocturno, comercio al por mayor de alimentos y bebidas de distribución del canal HORECA y catering y comidas preparadas para eventos.

Podrán ser beneficiarios los autónomos y pymes que cumplan los siguientes requisitos:

REQUISITOS ESPECÍFICOS:

1. Bares.

Ser un empresario autónomo o una pyme que desarrolle su actividad económica como bar con el código CNAE 5630. Establecimientos de bebidas, según Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 u otro que contemple la actividad.


2. Ocio Nocturno.

a) Ser un empresario autónomo o una pyme titular de bares con música, pubs, güisquerías, clubs, cafés-teatro, cafés-cantante, discotecas, discotecas de juventud, salas de fiestas y tablaos flamencos, de conformidad con el epígrafe III Establecimientos Públicos del Decreto 220/2006, de 7 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Desarrollar la actividad económica con el código CNAE 5630. Establecimientos de bebidas, según Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 u otro que contemple la actividad.

3. Comercio al por mayor de alimentos y bebidas con distribución en canal HORECA.

a) Ser un empresario autónomo o una pyme que desarrolle su actividad económica como Comercio al por mayor de alimentos y bebidas con el código CNAE 463. Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, según Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009.

b) Haber sufrido en los primeros nueve meses de 2020 una caída de ingresos de al menos el 50% respecto al mismo período del año anterior como consecuencia de la pandemia.

c) Haber destinado durante el ejercicio 2019 al menos un 50% de la facturación total de la empresa al canal HORECA.

4. Catering y comidas preparadas para eventos.

a) Ser un empresario autónomo o una pyme que desarrolle su actividad económica como Catering y comidas preparadas para eventos con el código CNAE 5621. Provisión de comidas preparadas para eventos según Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009.

b) Haber sufrido en los primeros nueve meses de 2020 una caída de ingresos de al menos el 50% respecto al mismo período del año anterior como consecuencia de la pandemia.

Requisitos comunes, entre otros:

Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Aragón en el caso de autónomos, que el establecimiento para el que se solicita la ayuda se encuentre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. 

Asimismo, los beneficiarios deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social. No obstante, de conformidad con Disposición adicional segunda de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2020, sin perjuicio de las comprobaciones que con carácter facultativo pueda realizar la Administración, se exonera del cumplimiento de la acreditación precedente cuando la cuantía de la subvención o ayuda no exceda de 1.000 euros por beneficiario. 

Únicamente podrán ser beneficiarios las cafeterías y restaurantes si se acredita que están autorizados para realizar la actividad de ocio nocturno según lo establecido en el apartado 3.1.2. de este artículo.

Importe de las ayudas:

1. Bar: 1.000 euros por establecimiento.
2. Ocio Nocturno, Comercio al por mayor de alimentos y bebidas canal HORECA y Catering y comidas preparadas para eventos: 3.000 euros por establecimiento.
3. La cuantía total a percibir por beneficiario en ningún caso superará los 10.000 euros.

Plazo de presentación de las solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”, comenzando el plazo de presentación de solicitudes a las 8 horas del primer día hábil y finalizando a las 15 horas del último día hábil.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Turismo efectuándose una solicitud por cada establecimiento presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subvenciones-autonomos-pymes-sectoresafectados-covid-19 o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 2465.Para cualquier aclaración o información, podrán dirigirse al correo electrónico sot@aragon.es, prestándose a los interesados el apoyo preciso.

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